30 agosto, 2022

Lo que debes saber sobre riesgo laboral

El riesgo Laboral se compone de todo un sistema de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, que están creadas para atender, prevenir y proteger a todos los trabajadores afiliados a una administradora de riesgo laboral, cuya finalidad es reducir los efectos de las enfermedades y los accidentes que se presentan con ocasión o como consecuencia del trabajo que realizan. 

Es así como con La afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales lo que se obtiene es un amparo que se encuentra incluido en la Seguridad Social, cuyo fin es proteger su salud como trabajador y tiene acceso a ser atendido frente a todas las contingencias derivadas de las condiciones propias del trabajo. Lo anterior se deriva a que como trabajador afiliado al SGRL si sufre un accidente de trabajo o una enfermedad laboral, tiene derecho al reconocimiento de prestaciones asistenciales (servicios de salud) y económicas (reconocimiento económico).

A continuación, presentamos los servicios a que tiene derecho en el momento de sufrir un accidente o detectar una enfermedad laboral:

  • Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica.
  • Servicios de hospitalización.
  • Servicio odontológico.
  • Suministro de medicamentos.
  • Servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento.
  • Prótesis y órtesis, su reparación y reposición sólo en casos de deterioro o desadaptación, o cuando por criterio de rehabilitación se recomienda.
  • Rehabilitación física y profesional.
  • Gastos de traslado, en condiciones normales, que sean necesarios para la prestación de estos servicios.

Debe tener en cuenta que, si en algún momento se encuentra desvinculado del Sistema General de Riesgos Laborales, y la enfermedad sea calificada como laboral, la entidad de asumir la prestación asistencial y le corresponde a la última Administradora de Riesgos Laborales a la cual estuvo vinculado, pero todo esto es siempre y cuando el origen de la enfermedad pueda imputarse al período en el que estuvo cubierta por ese Sistema.


También tenga en cuenta que, si el médico tratante expide incapacidades, por una EPS de dicho régimen, estas incapacidades debe presentarlas   a la Administradora de Riesgos Laborales a la cual se encontraba afiliado al momento de producirse la contingencia, esto para efectos del reconocimiento y pago de la prestación económica con cargo a los recursos del Sistema General de Riesgos Laborales.Si usted se encuentra en una situación similar, donde ha sufrido un accidente laboral o tiene una enfermedad laboral, independiente de si fue calificado o no. PENSIÓN LEGAL pone a su disposición un equipo de trabajo con médico laboral, el cual lo puede asesorar, acompañar y determinar su derecho.